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o ¿ puede el propietario disponer de su vivienda? o sea ¿ la renta antigua se hereda como inquilino?
Pueden continuar si han estado residiendo en el piso dos años antes del fallecimiento. Si tienen entre 18 y 65 años el contrato termina a los dos años, salvo incapacidad reconocida y superior al 65%. Si se dan las circunstancias para continuar con el contrato se puede pedir la actualización de la renta si no pudo obtener anteriormente, y siempre que se cumplan ciertos requisitos de ingresos.
Si se ha producido el fallecimiento puede el dueño requerir a los ocupantes para que manifiesten su intenciones.