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ccg

casero/a

Cuando los inquilinos que figuran en el contrato de renta antigua fallecen, ¿pueden seguir sus hijos pagando la misma renta?

o ¿ puede el propietario disponer de su vivienda? o sea ¿ la renta antigua se hereda como inquilino?

  • Preguntado por: ccg
  • Hace 14 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Pueden continuar si han estado residiendo en el piso dos años antes del fallecimiento. Si tienen entre 18 y 65 años el contrato termina a los dos años, salvo incapacidad reconocida y superior al 65%. Si se dan las circunstancias para continuar con el contrato se puede pedir la actualización de la renta si no pudo obtener anteriormente, y siempre que se cumplan ciertos requisitos de ingresos.

    Si se ha producido el fallecimiento puede el dueño requerir a los ocupantes para que manifiesten su intenciones.

    www.asistencialegal.net

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