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martinez

casero/a

Si un inquilino de renta antigua se niega a pagar la repercusión por obras, ordenadas por resolución judicial. Qué ocurre?
Es motivo de desahucio?
  • Preguntado por: martinez
  • Hace 15 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Es indiferente que las obras las haya ordenado una resolución judicial o hayan sido efectuadas por petición de los arrendatarios. En cualquier caso, el coste puede ser repercutido según las normas del apartado C. 10.3 de la Disposición transitoria segunda de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994.

    En consecuencia, el impago de esas cantidades es causa de resolución de contrato (artículo 114.1 de la Lau de 1964).
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Si la repercusión por obras y su importe ya ha sido aprobada por resolución judicial, es decir si ya no existe controversia sobre si procede y cuál es el importe, entiendo que se produce una falta de pago de cantidades asimiladas a la renta y por tanto existe causa de desahucio. Pero es preciso ver la sentencia y el contrato.

    También podría solicitar la ejecución de la sentencia.

    Si precisa más asesoramiento no dude en contactar con nosotros.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
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