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Le queda poco de vida pero tiene un hijo de 32 que vive con ella desde que nacio. Si ella muere se puede quedar?, y cuánto?
En cuanto fallezca la madre el hijo, si está allí empadronado y si no padece de una incapacidad superior al 65% solamente podrá quedarse dos años.
Cuestión distinta es que quizás ahora ya pudiera subir la renta aplicando la normativa de la Ley de Arrendamientos de 1.994. Esta norma establece unos procedimientos y límites para actualizar la renta.
Así es, salvo que tenga una minusvalía superior al 65%, sólo podrá subrogarse 2 años después del fallecimiento de la madre.
después podrás exigir que se marche, o pactar un contrato con condiciones actuales.
saludos - Papeleos Alquiler.
si no me confundo si el hijo no tiene una minusvalia puede subrrogarse por un plazo máximo de 2 años desde el fallecimiento de su madre.
mejor espera la opinion de un profesional (por si estoy equivocado)