Juan yo en su caso antes de comprar esa vivienda "sondearía" a ese inquilino. Si llegado abril de 2017 decide no marcharse alega haber sido sorprendido en su buena fe e invocar el contrato inicial de 1921, en el mejor de los casos se encontraría vd con un pleito largo y costoso y de dificil pronóstico.
Por otra parte hay una contradicción, dice que el contrato termina en abril de 2017 y que el de 1921 quedó cancelado en 2011, con lo cual este señor lleva 6 años en la "nueva" situación, lo que le permitirá permanecer en ella hasta cumplir 8 años.
Este es mi criterio sin conocer más datos.
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