Si el segundo subrogado es el cónyuge o un hijo afectado por minusvalía superior al 65% lo será hasta su fallecimiento, en otro caso durante 2 años o hasta que el hijo cumpla 25 años de edad. Después de la segunda subrogación no caben más subrogaciones. Sin embargo debo advertir de que las subrogaciones anteriores 1964 no cuentan.
Hace dos días contesté con más detalle una pregunta casi idéntica en
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/renta-antigua/alquiler-pisos-renta-antigua-subrogaciones_2680.html