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Mª Antonia

inquilino/a

Desistimiento del inquilino en contrato de renta antigua

Tengo contrato de renta antigua desde el 1985 y por quedarme en el paro no voy a poder asumir la renta. Quiero plantearle al propietario antes de que no pueda pagar el rescindir el contrato pero mi duda es que la fecha del contrato es de octubre, cabría que me pidiera indemnización aunque en el contrato no dice nada de indemnizar en caso de desestimiento del inquilino y cúanto me podría exigir.

 

Muchas gracias.  

  • Preguntado por: Mª Antonia
  • Hace 10 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (9)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola mª Antonia:

    La comunicación debe realizarla mediante burofax con acuse de recibo y certificación de texto.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Si no le contesta al telefono ni le responde emails, envie un burofax con certificado de contenido y acuse de recibo.

    www.abogadoarrendamientos.com

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Reitero lo ya dicho, el teléfono o el correo electrónico no son medios adecuados para estos menesteres.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Mª Antonia

    inquilino/a

    Llevo 3 días llamando al propietario para hablar con él y no me contesta a las llamadas. Qué puedo hacer??? porque en alguna ocasión que le mandado un correo electrónico y cuando algo no le interesa no me ha contestado.

    Me ignora y estoy empezando a desesperarme. Intento hacer las cosas bien y no hay forma.

    Gracias de nuevo.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Mª Antonia tanto la renuncia a la indemnización como la devolución de la fianza es algo que debe quedar plasmado en el documento de fin de contrato que es inexcusable siempre.

    Le sugiero lea este enlace

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Mª Antonia

    inquilino/a

    Y con respecto a la fianza de 20000 ptas que entregué al propietario original que posteriormente vendió al grupo inmobiliario que ahora es el propietario se la puedo solicitar ó la tengo que dar por perdida.

    Les agradezco enormente la ayuda que me estén dando.

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    No tiene la seguridad de que no le pida una indemnización, como menciona Jan y se stipula en el art 56 de la LAU. 

    Lo mejor es que hable con el arrendador y pacten una rescisión del contrato, por escrito, en el que ambas partes reconozcan no deberse nada ni rtener nada que reclamar.

    Su comortamiento es honesto. Seguro que el arrendador así lo entiende.

    www.abogadoarrendamientos.com 

  • Mª Antonia

    inquilino/a

    Jan, mil gracias por tu rápida respuesta y me surge otra duda como consecuentcia de tu respuesta:

    Cómo asegurarme de que en el momento de devolverle las llaves no me pida una indemnización de la que no hemos hablado?.

     

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola mª Antonia:

    En su caso concreto el arrendador podría hacer uso del derecho establecido en el artículo 56 de la lau1964, el cual ha sido matizado por el tribunal Supremo.

    Pese a ello, no creo que su arrendador vaya a exigrle ningún tipo de indemnización.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

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