No existe una norma que declare con claridad la pregunta que efectúa. En un contrato de los llamados de renta antigua como es el caso, la realidad es que el dueño no "suele estar por la labor" de arreglar nada, en definitiva tandrá que acudir al Juzgado para obtener esa reparación o hacerla por su cuenta e intentar descontarla de la renta mensual.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.