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susana

inquilino/a

Actualización renta antigua
Buenos días,

Mi madre vive en alquiler en un piso de renta antigua con contrato anterior al 1985. La actualización de la renta debe hacerse en Marzo de cada año. En los último años hemos ido teniendo problemas porque la propietaria es una señora que no atiende a razones, y con la excusa que es mayor, no hace las cosas como debe y no actualiza cuando toca ni en los terminos que toca. La cuestión es que se debería haber actualizado la renta en marzo y no sabemos nada ( cuando llamamos no quiere atenderme ), y el importe de esa renta debería ser menos porq el IPC de marzo era en negativo ( es decir, nos está cobrando de más ).

No queremos dejar de pagar para evitar problemas. ¿ Puedo variar yo el importe previo envío de un Burofax actualizando la renta con todos los comprobantes ? ( no tenemos porque estar pagando dinero de más y, de momento, no podemos tirar por abogados; ). Por otro lado, a principios de año se hicieron obras en la comunidad. La repercusión de esas obras ¿ cuando se debe hacer ? ¿ una vez ella las haya pagado y mediante envío de factura o justificante ? ¿ o puede notificarla ahora aunque todavía no las haya pagado?

Muchas gracias!

  • Preguntado por: susana
  • Hace 8 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (12)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • susana

    inquilino/a

    Muchas gracias a todoos!!
    • Respondido por: susana
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puede hacerlo ahora pero no puede "pedir atrasos". Como le dije calcule bien no vaya a ser que el coste del burofax sea superior a la bajada en la renta.
    En cuanto a las obras, como le han dicho, espere a que el arrendador mueva ficha.
  • susana

    inquilino/a

    Ah! Okk, entiendo!! Entonces haremos nosotros la actualización previo envío de burofax certificado explicando la bajada o incremento de la renta. Pero ¿ puedo hacerlo ahora ya que en marzo, que es cuando tocaba, no se hizo o debo esperarme a que sea la próxima actualización? Y por otro lado, si sabemos que hay esa derrama, debo incluirla o hasta que la propietaria no diga nada tampoco debemos decirlo nosotros ?

    Gracias! Y disculpen tantas molestias!
    • Respondido por: susana
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Susana, Amparo le ha dedao la referencia correcta, la DT segunda de la LAU, que no ha sido modificada desde que se dictó, en concreto cuando dice: A partir del año en que se alcance el cien por cien de actualización, la renta que corresponda pagar podrá ser actualizada por el arrendador o por el arrendatario conforme a la variación porcentual experimentada en los doce meses anteriores por el Índice General del Sistema de Índices de Precios de Consumo, salvo cuando el contrato contuviera expreso otro sistema de actualización en cuyo caso será éste de aplicación.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • susana

    inquilino/a

    Gracias Amparo!! Pero me refiero exactamente a lo que dice el Sr. PHOLMO


    vds pueden acogerse a lo que señala la ley que permite actualizar a los inquilinos,

    ¿ Dónde especifica eso la Ley ? Me he leído la LAU,  y en el única apartado donde se menciona es en las modificaciones que se hicieron el año pasado y que hacia referencia a los contratos entre 2013 y 2015.

    Gracias!
    • Respondido por: susana
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    http://normativainmobiliaria.wikidot.com/disposicion-transitoria-segunda-contratos-de-arrendamiento-d
  • susana

    inquilino/a

    Ah, otra cuestión Sr. PHOLMO,

    Comenta que la ley permite al inquilino esa actualización previo envío de burofax cuando la propietaria no la lleva a cabo. ¿ Puede decirme exactamente donde puedo encontrar esa información?

    Gracias!
    • Respondido por: susana
    • Hace 8 años
  • susana

    inquilino/a

    Vaya, lo siento!! Se me publicó sin querer.

    Como decía, como Usted dide Sr Pholmo, el año pasado la actualización ya tuvimos que hacerla de ese modo : se le mandó a la propietaria un burofax comunicándole el desacuerdo con el importe que quería aplicar ( ligero  incremento debido a una subida  del IBI )y comunicándole el nuevo importe a pagar puesto que al igual que este año el IPC resultó ser negativo ( contrato de renta antigua donde especifica que la actualización es en función de la variación de éste ) y la renta pasaba a ser menor. Con anterioridad nos habíamos comunicado con ella telefónicamente pero al mencionarle que el importe no era correcto y debía ser menos no quiso atender a razones, así que nos asesoraron que antes que dejar a deber el alquiler hasta que ella lo modificara, mejor seguir pagando pero haciendo nosotros esa actualización y comunicándolo por burofax.
    Estamos esperando desde el mes de Abril de nuevo la actualización y al no tener noticias, y no querer atendernos al teléfono, vamos a proceder del mismo modo.

    La duda me surgía con lo de las derramas por las obras de conservación en la comunidad. Sabemos que hay una derrama pendiente, pero no sabemos el importe y creemos que todavía no la ha pagado ( de mismo modo debe algunos meses de gastos de la comunidad que mi madre SÍ ha ido pagando repercutido en el alquiler mensual ). De ahí la duda!! Tenemos entendido que hasta que ella no pague esa derrama no nos la puede repercutir aunque nos la notifique, ¿ es correcto?

    Muchas gracias también a Amparo BB y a Josep Térmens.
    • Respondido por: susana
    • Hace 8 años
  • susana

    inquilino/a

    Buenas tardes!

    Ante todo, muchas gracias por sus respuestas!!

    Sr. Pholmo, como usted bien dice " vds pueden acogerse a lo que señala la ley que permite actualizar a los inquilinos, remitiéndole a la casera, por burofax la justificación de esa actualización y anunciando que a partir del mes siguiente van a pagar la renta así actualizada."
    • Respondido por: susana
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo en su lugar, antes de enviar un burofax (que cuesta una pasta) echaría cuentas de cuánto me ahorraría... porque siendo un alquiler de renta antigua seguramente valga más el collar que el perro.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Susana ante todo advertirle con el máximo respeto que en los alquileres de "renta antigua" conviene actuar con la máxima prudencia y asesoramiento de expertos.
    Si la casera no realiza la actualización del alquiler, vds pueden acogerse a lo que señala la ley que permite actualizar a los inquilinos, remitiéndole a la casera, por burofax la justificación de esa actualización y anunciando que a partir del mes siguiente van a pagar la renta así actualizada.
    Si se negara a recibir ese importe deberían proceder a su consignación judicial.
    En los que se refiere a las obras debe tomar en consideración que la repercusión de obras a un inquilino de renta antigua es un asunto nada pacífico, sujeto a requisitos importantes, por lo tanto de producirse esa repercusión, antes de hacer nada debe consultar con un experto en la materia.
    Para mayor información puede leer los siguientes artículos:
    EL IPC NEGATIVO

    LA CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE ALQUILERES
    La repercusión de obras al inquilino en alquiler de "renta antigua"
    Pedro Hernández del Olmo, abogado Pulse aquí para consultarme directamente por teléfono



     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Sobre las obras no haría nada. Cuando se las quiera repercutir ya lo discutirá.  Puede enviar un escrito solicitando la rebaja de la renta conforme el IPC, pero no dejar de pagar la renta o pagar por su cuenta y según su cálculo. Por  si acaso.
    Aunque sí tiene derecho a una rebaja de la renta.
    abogadoarrendamientos.com
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