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Van a realizar obras en mi piso de alquiler para sanear las vigas de madera del piso ya que se esta hundiendo el suelo . La obra durará de 2 a 3 meses, el propietario no me cobrara durante ese tiempo el alquiler pero tengo yo que pagar el hotel. De poder reclamar una indemnización es a la comunidad que realiza las obras o al propietario? y que se supone que hago con mis mascotas?
Hola Maria:
En su caso concreto se aplica el artículo 26 de la lau 1994, cuya lectura le recomiendo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es