En caso que ocurra una inundación o un escape de gas por la caldera, ¿quién debe pagar los daños causados?
El dueño dice que él no se va hacer cargo y en el contrato quiere que firmemos como que estamos de acuerdo ¿eso es legal? gracias
Preguntado por:
maria bustamante
Hace 15 años
Categoría: Reformas
Respuestas (4)
Carlos Fuster ha sido el primero en contestar Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
Jaime Feiner Alonso
profesional
No se te ocurra firmar nada, en realidad la instalación y su mantenimiento anual (salvo pacto expreso entre las partes) le corresponde al propietario, asi que ni escapes de agua ni de gas, es responsabilidad del interfecto (por llamarle de alguna manera) mantener el bien en perfectas condiciones de uso y habitabilidad. Otra cosa es que pasaras los ratos muertos haciendo agujeros ex-profeso en las tuberías, pero cuando se produce una rotura por desgaste de material le corresponde al propietario.
Asi que, ni se te ocurra firmarlo y si te da problemas por ello, le mandas un bureau fax en el que le indiques que de acosarte por ese motivo tomarás medidas, no te dejes amedrentar.
Cualquier obra de conservación que deba ser realizada en una vivienda será pagada por el arrendador o por el arrendatario en función de lo que establece la ley de arrendamientos urbanos en su artículo 21, no de lo que diga el contrato. Si se pacta algo contrario a la ley, no tendrá validez.
Todo esto se debe matizar; si la inundación o el escape es debido a una negligencia del arrendatario, (o imputable a él por cualquier medio de prueba admitido en derecho), este se deberá hacer cargo del pago de los daños, si por el contrario se deben p.ej. a un defecto de origen , el arrendador es el que debe reparar a su cargo.
Ten en cuenta que te tienen que entregar la vivienda en condiciones óptimas de habitabilidad para servir al uso convenido, por eso es conveniente que en caso de duda te haga entrega de algún certificado, garantía, factura, etc. que te asegure que las instalaciones de fontanerÍa , electricidad y gas se hayan en perfecto estado, si no no firmes ese contrato con esa cláusula o pídele que la modifique, remitiendo simple y llanamente a la regulación que para estos temas prevé la LAU 94; arts. 21 y ss.
En principio, si se produce la avería y se demuestra (que se puede) que es por deteriodo o falta de un buen mantenimiento , será culpa del propietario, si se demuestra que te has liado a martillazos con la caldera , pues te han pillado. Bueno ahora fuera de bromas: dile que si que aceptas , pero primero que llame a un técnico que la revise, delante de ti y que te certifique su estado. Un saludo
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