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angarsa

profesional

El inquilino quiere poner aire acondicionado y descontarlo del precio del alquiler

Buenos dias. Mi inquilino, que lleva desde septiembre quiere poner Aire Acondicionado en el piso, pagarlo el (y elegirlo el) e ir descontando de la renta del piso.

Le dejariamos hacer obras, pero no estamos de acuerdo en pagarlo nosotros. Si no le dejamos realizarlo y descontarlo, amenaza con irse de la vivienda. Como el alquiler es para tres años, ¿se le puede pedir el resto del alquiler, o al menos parte?

  • Preguntado por: angarsa
  • Hace 10 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (9)
emifer64 ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola angarsa:

    coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Angarsa pienso que le vendrá muy bien leer el Decálogo del casero en mi blog cuyo enlace le dejo a ccontinuación

    para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    angarsa: con los datos que da y como le ha dicho Amparo BB, en su caso, la interpretación más frecuente es que Ud. no tiene derecho a cobrar ninguna indemnización, con lo cual quedan respondidas todas sus preguntas.

    En el próximo contrato ponga alguna cláusula. Míre el art. 11 LAU y verá cual es la regulación al respecto.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si no esta pactada la indemnizacion puede marcharse libremente a partir de los 6 meses.

    Aprende una cosa por tu bien, un abogado es el unico profesional que pueda acreditar con su titulación una formacion especifica en derecho civil y arrendamientos urbanos. Un buen contrato necesita un buen profesional.

    En tu caso si el contrato tuviese mencion a la indemnizacion y el plazo pactado fuese de 3 años, el inquilino al marcharse a los 6 meses deberia abonarte dos mensualidades y media. Con eso sobra mucho dinero para pagar un buen contrato.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • angarsa

    profesional

    Gracias por las respuestas.

    No hay nada como eso, pero en los siguientes que haga lo habrá. Hay la primera parte de los seis meses y la antelacion de los 30 dias, pero no lo de la indemnizacion.

    "Menos mal que el contrato lo hizo una gestoria especializada supuestamente", dicho entre comillas e irónicamente.

    Por eso es la duda que tengo, si nos corresponde algun tipo de indemnizacion en el caso que se vaya antes del año, o de los tres años mínimos que dice el contrato.

    • Respondido por: angarsa
    • Hace 10 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Mira a ver si hay algo parecido a esto:

    "En el supuesto de que la parte arrendataria desistiera unilateralmente del contrato transcurridos seis meses desde el inicio, deberá pre-avisar a la parte arrendadora con una antelación mínima de 30 días, y le indemnizará, según contempla la actual LAU, con una cantidad  equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización"

  • angarsa

    profesional

    esto dice el contrato:

    "Cláusula 1  Obras. Sin autorización expresa y por escrito de la parte  arrendadora, la parte arrendataria no podrá realizar obras que afecten a la configuración de la vivienda, a sus instalaciones básicas, o a los elementos comunes o estructurales de la misma.

     Cláusula 2  Devolución de Vivienda.  En todo caso, a la finalización del arriendo, la parte arrendataria vendrá obligada a entregar la vivienda a la parte arrendadora en el mismo estado de conservación en que se lo encontró a la entrega de las llaves, salvo el desgaste propio del uso de la misma, siendo de cuenta y cargo de la parte arrendataria la ejecución y coste de cuantas actuaciones, obras e instalaciones, deban efectuarse para conseguir aquel estado."


    El contrato es anual, con un minimo de tres años

    "el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 3 años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o cualquiera de sus prorrogas su voluntad de no renovarlo."

    • Respondido por: angarsa
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    angarsa:

    1.- Ud. no tiene por qué pagar el coste de un elemento que no estaba incluido en el contrato.

    2.- Para responder a la segunda pregunta necesitamos saber si el contrato contiene alguna cláusula indemnizatoria

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • emifer64

    casero/a

    Buenos días. El aire acondicionado de una vivienda no es requisito de habitabilidad, por tanto si quiere ponerlo (y tu le autorizas) debe ser a su cargo. Me imagino que en el contrato tendras redactada la clausula de que las obras de mejora deben ser autorizadas por el propietario y que quedan en beneficio de la vivienda sin cargo para el propietario.

    En esta situación si el inquilino quiere marcharse antes de tiempo tendrá que hacer frente a las idemnizaciones pactadas en contrato o a los meses de la renta pendientes. De estos derechos seguro que te informarán los abogados de este foro, en cuanto a lo que te corresponde exigir, segun la fecha de contrato y los plazos previstos en el mismo y la lau. 

    Un saludo.

     

     

    • Respondido por: emifer64
    • Hace 10 años
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