Te recomiendo la lectura de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), artículos 21 y siguientes, del apartado IV que trata sobre "De los derechos y obligaciones de las partes".
Se trata de ver, en tu caso concreto, la aplicación que debe hacerse de la ley. Dependerá del tipo de obra, la necesidad de las mismas, duración, etc.
Habra que atenerse a lo estipulado en el contrato, lo normal es que se pacte que las reformas han de ser autorizadas por el dueño, si se hacen sin autorización pueden ser causa de desahucio y que queden en beneficio de la finca al término del contrato sin derecho a indemnizaciión.
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