Mi habitación se ha inundado y sufre de una humedad que ha deformado las paredes. ¿quién se hace responsable?
La habitación se ha quedado inutilizable y he perdido muchas de mis pertenencias (ordenadores, discos duros, libros,etc...). Los propietarios no se hacen responsables y dicen que espere a que lo arregle el seguro, pero yo no puedo dormir en esa habitación y no me facilitan otro sitio donde dormir (ni colchones, ni nada). Además no creo que el seguro aparezca de inmediato. ¿cuál sería la solución a todos estos problemas?
Pídele al propietario la póliza del seguro y llama tú en su nombre les dices lo has dicho aquí . En menos de dos días tienes al perito en casa. que hara fotos de todo si lo considera oportuno te realojarán hasta que lo arreglen. y por supuesto todos los daños te los abonarán con un 15% más o menos de depreciación respecto a nuevos. esa es la solución, y si, suelen aparecer de inmediato. pero tienes que hacer presión.
¿Es una humedad por haber llovido lo que causa esa humedad? Si fuera así se podría alegar vicios ocultos si llevas menos de 6 meses.
Si estás de alquiler de habitación te es más práctico buscar otra en otro piso porque el contrato de alquielr de habitacines no se rige por la L.A.U, se rige por el Código Civil y su duración se pacta por meses, semanas,..... Si la renta se paga por meses, terminado el contrato, éste se renovará cada mes hasta que una de las partes lo dé por concluido. En estos contratos el inquilino no tiene derecho de prórroga obligatoria. Saludos,
el responsable es el causante de la inundación. Si ha sido del piso de arriba, deberá reclamarle al propietario de esa vivienda, y si ha sido por una tubería de su propia vivienda entonces es el casero el que deberá responder (por si mismo o a través de su seguro).
En todo caso, cuando se producen averías que inutilizan todo o parte de la vivienda arrendada, el inquilino tiene derecho a una reducción de la renta proporcional a la superficie afectada.
Si lo que tiene alquilada es solamente la habitación afectada, entonces deberán proporcionarle otra similar o alojarle en una pensión, hotel o similar mientras se solucionan los problemas.
En caso de que no le resuelvan el problema, acuda al juzgado con su contrato de alquiler.
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