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eugggypop

inquilino/a

Están obrando en la cocina del piso, no puedo utilizarla, ¿tengo derecho a una indemnización?

Estoy teniendo que comer fuera de casa, con el gasto que ello supone.

  • Preguntado por: eugggypop
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para contestar con rigor es preciso tener mas datos, inicialmente hay que decir que conforme a la LAU art. 22.3: El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola eugy:

     

    Faltan datos para poder dar una respuesta legal adecuada a su consulta. Pese a ello, si su contrato es de arrendamiento de vivienda posterior al 1-1-1995 y si las obras  a las que hace referencia son de conservación y duran más de 20 días, usted tenddrá derecho a una disminución de la renta en proporción a la parte de la vivienda (entendida como superficie) de la que se vea privada(art 21.2 LAU 1994).

     

    Reciba un cordial saludo 

     

    Despacho Armando García Fernández.

     

    http://letradosalquileres.es.tl

     

    Email: letradoalquileres@hotmail.com

     

    Email2: armandogarcia@ical.es

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