Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Estoy teniendo que comer fuera de casa, con el gasto que ello supone.
Para contestar con rigor es preciso tener mas datos, inicialmente hay que decir que conforme a la LAU art. 22.3: El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
Hola eugy:
Faltan datos para poder dar una respuesta legal adecuada a su consulta. Pese a ello, si su contrato es de arrendamiento de vivienda posterior al 1-1-1995 y si las obras a las que hace referencia son de conservación y duran más de 20 días, usted tenddrá derecho a una disminución de la renta en proporción a la parte de la vivienda (entendida como superficie) de la que se vea privada(art 21.2 LAU 1994).
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es