¿Después de una reparación importante, están obligados a dejarme la casa limpia?
Deben reparar las tuberías de la casa. Llevan ya desde el 7 de octubre que vinieron por primera vez: estoy sin agua, con el suelo lleno de agua, sin poder ducharme, sin poder cocinar...¿Cómo se compensa todo esto?
Contesto a tu pregunta - "¿los propietarios están obligados a mandar a alguien que limpie baños, suelos, cristales, etc...una vez acabada la obra, de modo que todo quede tal y como estaba antes de que ellos entraran?" - Sí.
Otra cosa es que consigas que lo hagan. No tienen que tener hojas de reclamaciones. Se les puede denunciar en Consumo, en la comisaría, en el juzgado,... pero hojas, no tienen.
Si la casa esta inhabitable o parte de ella te debería compensar con una reducción de la renta en los márgenes que marca la ley , esto es superficie inhabitable y días. Si tu arrendador tiene un seguro y deduzco que sí, posiblemente esos coste se los cubra. Mi seguro como "riesgos cubiertos" tiene "inhabitabilidad de la vivienda y pérdida de alquileres por inhabitabilidad". es cierto que mi seguro es un combinado del hogar que cubre continente y contenido.
Horario de trabajo. Veo complicado lo que quieres que se adapten al tuyo. El gremio de la construcción tiene unos horarios regulados por convenio colectivo y son de 8-9 h a 18h (en algunas comunidades varia en verano. Como trabajadores ellos defienden y se atienen a su convenio de la misma forma que haríamos tú y yo.
Limpieza. pos ya ves, deduzco que nunca has soportado una obra en tu casa. Jamás, jamás, jamas te dejarán tu casa como la encontraron, por más que tú insistas e insista el propietario ( a saber si eso también está en convenio). Obra es sinónino de incomodidad y suciedad y se ponga una como se ponga toca limpiar cada día y al final la traca de fin de obra. Que lo deberían dejar repulido, pues sí: Mi experiencia y la de amigos que conozco es que no. Para animarte te diré que el día que definitivamente dejan tu casa te sientes tan feliz que la limpieza que viene después ni te importa. uno solo quiere volver a su tranquilidad y a su rutina.
Efectivamente estoy haciendo algo más que soportarla, pero ¿qué puedo hacer? y, ¿cómo hacerlo? No tengo ganas de juicios y de conflictos largos. Lo que quiero es que todo acabe cuanto antes mejor y para todo el mundo: yo, los vecinos, la casa... Estos conflictos no me ponen nada: gastan una energía muy rica en mi en cuestiones que no quiero. Un saludo y gracias Es posible que a través de consumo pudiera establecerse algún tipo de mediación? ¿Los y las arrendadoras no se les exige algún tipo de hoja de reclamaciones o similar? Ando un poco perdida, además de chapotenado en el salón de casa.
Hola. Como bien te dicen acá si llevan más de 20 días como parece, es de aplicación lo preceptuado en el artículo 21.2 No obstante una cosa es muy molesta y otra es el posible daño a la salud por humedades y lo derivado de la falta de agua para realizar sus necesidades. Eso pasa de "soportarla, aunque sea molesta..." como dice la Ley. Saludos.
Respondido por:
Usuario dado de baja
Hace 14 años
karmelita
inquilino/a
Muchísimas gracias. No me opongo en absoluto a que realicen las reparaciones, pero sí pongo condiciones: han de hacerlo en el horario en que yo estoy en casa ( de 16.00 a 20.30 horas, me han de especificar quién vendrá cada día a trabajar (quién o quiénes), quiero saber si tiene la empresa seguro de responsabilidad civil para cubrir potenciales desperfectos que me cause la obra, etc..La empresa y el dueño de la casa quieren que les dé una llave para que entren durante mi ausencia: es a lo único que me niego. Y, mi pregunta era más concreta aún: ¿los propietarios están obligados a mandar a alguien que limpie baños, suelos, cristales, etc...una vez acabada la obra, de modo que todo quede tal y como estaba antes de que ellos entraran? No sé si es una obligación, aunque a mi me parezca razonable. Gracias de nuevo por ser tan claro en tus respuestas. Un saludo muy cordial
karmelita, No puedes oponerte a que en la finca se hagan las obras necesarias para mantener la habitabilidad y confort del inmueble. Pero, en absoluto, has de ser tú el camión escoba que vaya recogiendo los desperdicios que dejan los albañiles, fontaneros y demás oficios que entran a tu casa. Cada día, al finalizar su trabajo, deben dejar tu casa absolutamente libre de escombros o materiales que no sea imprescindible que se guarden allí: tu casa no es un almacén de obra. Además, tienes derecho, mientras duren las obras, a una reducción de renta, proporcional a la reducción de uso que te causen. Si la afección a tu vivienda fuese tan alta que la hace inhabitable, podrías exigir que te pagasen otro alojamiento, hasta que acaben las obras. Ponlo en conocimiento de tu casero y que sea él quien se enfrente al contratista. atentamente, Ramón Ruiz.
LAU 1994. Artículo 21-2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda. Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
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