Buenas tardes. Recientemente he llegado a mi vivienda actual como inquilina, y desde el primer día no he podido utilizar el baño principal por una fuga de agua (caía agua al local de debajo). Para soluciarlo hubo que picar azulejos, suelo, cambiar tuberías y después suelo y alicatado... En total he estado más de un mes y medio con la obra. Entiendo que debe descontarse, según establece la LAU, una parte proporcional de la renta, al haber durado la obra más de veinte días. Mi pregunta es cómo se calcula dicho porcentaje. En base a los metros cuadrados, al número de habitaciones? Porque también entiendo que no es igual de gravoso no poder utilizar una habitación o parte de ella que verse privado del cuarto de baño principal (no teniendo el piso más bañeras y teniendo yo niñas pequeñas). Y debe de aplicarse en base a todo el tiempo que han durado las obras o sólo a lo que exceda de los 20 días que menciona la LAU? Otra pregunta: Por la naturaleza de la obra el piso necesita una limpieza general, ya que el polvo se ha depositado en todas las estancias y rincones. Quién debe sufragar esa limpieza? Porque se da el caso, además, de que al ser un defecto preexistente, yo ya acababa de pagar una limpieza general justo antes de entrar en la vivienda. Debo correr yo con los gastos de dejar la vivienda en el estado de limpieza en que se encontraba?
Muchas gracias.
Preguntado por:
Belen
Hace 9 años
Categoría: Reformas
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Iban
casero/a
Hola Belen. Estoy de acuerdo con Amparo. Si tienes ganas, tiempo y dinero puedes reclamarselo al juez. En otro caso no le des más vueltas porque solo conseguirás estresarte más. Mirando por el lado bueno ahora puedes disfrutar de un baño reformado. Un saludo.
Muchas gracias, Amparo. A ver si alguien más puede opinar. No sé qué hacer, la verdad, porque tampoco tengo ganas de pleitos pero me siento un poco indefensa.
Mi opinión, un acuerdo que podría ser aceptable para ambas partes sería una rebaja del 33% en la renta durante tooodo el tiempo que haya durado la obra, al margen de una cantidad de unos 80 euros (8 horas creo que también es razonable para quitar polvo) para el pago de una limpieza. Pero insisto, solo es mi opinión... de nada sirve si tu casero no "opina" igual. Saludos - Papeleos Alquiler.
Lo sé, Amparo, mi pregunta iba más bien encaminada a lo que es costumbre... Es que el acuerdo se me antoja difícil, ya que al comentarle a la propiedad la posibilidad de al menos un descuento para sufragar una limpieza la respuesta fue que "nunca había escuchado que las obras tuviera que pagarlas el propietario"... Pero como se había hecho cargo el seguro... Vamos, básicamente que me diera por satisfecha por no haber tenido yo que correr con los gastos de la obra. Surrealista pero cierto.
Por eso acudo aquí, para ver si alguien con más experiencia en estos temas sabe decirme qué sería lo razonable o habitual.
Hola. La ley no dice nada más que lo que tú ya sabes. Ahora arrendado y arrendatario han de llegar a un acuerdo... o ir al juez a que él decida. Ya sabe aquello de que más vale un mal acuerdo que un buen pleito...
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