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Hola,
alquilo un local comercial en un bajos de Barcelona. El propietario ha hecho obras en el edificio y quiere que pague por ello. Es la segunda vez que me lo pide, en un primer momento leí al contrato y en ninguna parte ponía que debiera pagar por este tipo de obra. Se lo dije y le pregunté en que punto del contrato decía que yo debía pagar por las obras. Debido a que no encontró referencia alguna en el escrito me dijo que no tenía que pagar. Ahora dice que la ley de arrendamiento nueva (superior según él a lo que pone en un contrato) así lo indica. Es real esto o quiere cobrar por las obras que no me pertenecen como persona que alquila ?, gracias, un saludo,
Gonzalo
Los alquileres de locales comerciales se rigen por lo pactado en el contrato. Si no está estipulado que tiene que pagar "obras", no está obligado.
Creo que depende de qué tipo de obra,ya que si ha hecho "obras" en el edificio,entiendo que es dueño del mismo y si las obras son por ejemplo instalar un ascensor,esto entra dentro de una mejora del edificio y si se puede repercutir
A un contrato de 11/06/2012 no la afecta la llamada 'nueva ley' y de todas formas no veo fundamento jurídico alguno que permita al propietario repercutirle esas obras.
Si ese señor es propietario de todo el edificio debería saber que no es facil repercutirle a sus inquilinos las obras que haga en su propiedad.
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Oscar Aparisi,
Hola, el contrato de alquiler es el 11 de junio de 2012. no se que obras pretenden cobrarme ya que ni se ven a simple vista (ej. La fachada) ni me ha informado la inmobiliaria en que consisten, un saludo,
gonzalo
Hola Lobolope:
Por favor, especifique la fecha de su contrato.
reciba un cordial saludo.
No tiene porque pagarlas.
La ley nueva no modifica nada al respecto del alquiler de locales comerciales, ya que estos se rijen exclusivamente por lo pactado en el contrato de arrendamiento firmado por las partes, así que, solo deberá pagarlo si en su contrato de arrendamiento así lo refleja.