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si en el contrato de alquiler se indica que "no se podrá exigir ningún tipo de compensación a cuenta de las mejoras, insatalaciones, ... que se hayan podido llevar a cabo en la finca", ¿cuentan los focos de luz, cuadro electrico, aparato de aire acondiconado empotrado en el techo, puertas... como instalación o como mobiliario?
Lo que debe hacer el inquilino es llevarse lo que es suyo y devolver la vivienda en el estado en que te fue entregada.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Considero que son instalaciones que quedan como mejora de la vivienda