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Me lo quiere repercutir en 10 años 48 € al mes junto con la renta.
gracias
Hola Pablo:
Por favor, exponga la fecha de celebración de su contrato de arrendamiento.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Amparo, gracias por ampliar/corregir mi respuesta, siempre se aprende algo nuevo.
Si su contrato es posterior a 1994 no puede repercutirle nada hasta que su contrato no cumpla 5 años.
después si: http://normativainmobiliaria.wikidot.com/lau-elevacion-de-la-renta-por-mejoras
Si su contrato es posterior a la ley de 1994 no puede repercutirle nada.
si es anterior a esa fecha deberá consultar con un abogado especialista en arrendamientos que a la vista del contrato y la documentacion que le aporte le informará de sus derechos y obligaciones.