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hola,
es que voy a firmar un contrato de alquiler el 1 de octubre y puede que me trasladen en mi puesto de trabajo, y hace poco vi en tv que si el inquilino avisaba con 15 días era válido anular el contrato. ¿es cierto? gracias
Conviene puntualizar que de momento se trata de un Proyecto de ley, que debe atravesar todo el trámite parlamentario, Congreso, Senado, aprobación y promulgación, hasta que no la veamos publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) no cabe hablar de sus efectos reales.
Por otra parte en España se han producido innumerables reformas de las leyes arrendaticias sin que en ningún caso hayan afectado a los contratos anteriores, para no ser tachado de mentiroso he de recordar que la actual LAU1994, autorizó una tímida reforma de los llamados contratos de ‘renta antigua’ que, no obstante todavía subsisten.
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Aparte, sintoniza mejor los canales, pues el anteproyecto habla de 30 días, no de 15.
Hola, todavia no ha salido la ley y los que se firme actualmente son los que se rigen con la L.A.U, que ahora tenemos