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mgcmelina6

inquilino/a

¿Tributa la Renta Básica de Emancipación en la declaración de la Renta?
Cuando nosotros pedimos la ayuda, en la oficina joven de nuestra ciudad, nos informaron que no nos afectaría a la declaracion de la renta y hoy cuando he ido a realizar la declaracion nos hemos encontrado que sí que tributa, ¿es correcto? Nos lo han puesto en la casilla 312, si es así, ¿es correcto?
  • Preguntado por: mgcmelina6
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (11)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
MARIAvalen. ha sido elegida Mejor Respuesta
  • balrock

    inquilino/a

     

    Hola a todos, en mi caso no me viene incluida en el borrador y me aparece como no confirmable, pero el caso es que al hacerlo con el programa PADRE, añadiendo los datos fiscales y demas, incluyendo 2520 euros como ganancias patrimoniales por la ayuda, y al mismo tiempo, 8800 euros de deduccion por alquiler junto con el nif del arrendador como es debido, me sale a INGRESAR 300 y pico euros!!!! Pero al no tener un sueldo de mas de 22000 euros, en teoria no estoy obligado a presentarla verdad?

     

    De todas maneras, yo ya no percibo la ayuda pues ya no estoy de alquiler desde Diciembre del año pasado y como es lógico me cortaron el grifo (de hecho, les debo 1 mes que me han pagado de mas, pero aun no me han dicho nada). Lo que no se es si me pueden sancionar si no lo declaro, pues en principio te cortan la ayuda si no lo declaras, pero como ya no la cobro pues no se muy bien que hacer...

     

    • Respondido por: balrock
    • Hace 13 años
  • MARIAvalen.

    inquilino/a

    Buenas tardes,

    Yo nos la declara en la renta del 2008, por que no habia cobrado, pero si las tenia aprobadas. Ahora en el 2009 he cobrado los retrasos del 2008 y parte del 2009, mi pregunta es. ¿que importe tengo que poner en la casilla 312?. tengo que poner todo lo cobrado en total en el año 2009?

    Gracias.

    Un saludo.

  • Joaquin Avellanda

    inquilino/a

    Tributa, y pese a lo que intentan hacernos creer, existen 12 hojas plagadas de excepciones que no lo hacen. 

    En este grupo de Facebook intentamos hacer que esto cambie.

    http://www.facebook.com/group.php?gid=259110779022

    Un saludo

  • Juan

    profesional

    Si la ayuda al alquiler no se ha cobrado, no hay obligación de declararla, aunque esté formalmente concedida. Sin embargo, cuando se cobre habrá que presentar una declaración complementaria del ejercicio anterior que modifique la presentada ahora.

    Por esa razón, si se está seguro de su concesión quizá sea más práctico declararla ahora y evitar una obligación futura.

    La propuesta de alguna usuaria de que Hacienda descuente directamente el impuesto de la ayuda no tiene sentido. Una cosa es declarar un ingreso y otra muy distinta pagar impuestos, porque el pagar o no pagar depende del total de los ingresos del contribuyente y de su circunstancias personales.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Patriciahg

    inquilino/a

    un 18% ... no seria más fácil que nos dieran un ese tanto por ciento menos??? Podrian decir que la ayuda real es de 172 euros...
  • itahisa

    inquilino/a

    pues a mi m da q si afecta eehh, ya q en mi caso cuando le dije a la inmobiliaria q tnia aprobada la ayuda del alkiler m dijo q tnia q dclarar a hacienda y m supongo q la dueña d la inmobiliaria dclara sera cn sus datos, adjuntando los míos tb, a hacienda le tiene q cnstar q stamos recibiendo una ayuda xq d hacienda es d dnd salen todas las ayudas
    • Respondido por: itahisa
    • Hace 15 años
  • lolagb

    inquilino/a

    Y si la tienes aprobada pero no has recibido todavía ni un euro, me imagino que no tendrás que declararla, verdad?
    • Respondido por: lolagb
    • Hace 15 años
  • Alberto

    Alberto

    inquilino/a

    Sí, por lo que leo en todas partes es en la 312, aunque este es el primero año que se tributa así que estamos todos un poco perdidos con el asunto.
    • Respondido por: Alberto
    • Hace 15 años
  • IGomez

    casero/a

    Sí, es la 312. El Real Decreto que puso en vigor la Renta Básica de Emancipación no dejaba exenta esta ayuda de la declaración de la renta, lo siento. Tribuna como ganancia patrimonial dentro de la base imponible general.
    • Respondido por: IGomez
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La renta básica de emancipacion se incluirá en la casilla 312 de la declaracion:

    “Casilla 312. Otras ganancias patrimoniales imputables..."
    Puedes ver más info en este blog:
    http://www.declaracionderenta.es/blog/tributacion-en-el-irpf-de-las-ayudas-para-el-alquiler-de-los-jovenes-253.htm
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente tiene tratamiento fiscal de ganancia patrimonial en mi blog tengo desarrollado el asunto:
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/04/la-renta-basica-de-emancipacion-rem-y.html

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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