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gelen

inquilino/a

¿Tiene derecho el propietario del piso a quedarse con la fianza si no se avisa con antelación cuando se va a dejar el piso?

En el contrato no se especifica en ningún momento la antelación con la que hay que avisar antes de irse. ¿Se puede acoger a alguna ley el propietario para no devolver la fianza?

  • Preguntado por: gelen
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Helena Haydeé ha sido el primero en contestar
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Según la LAU: 

    Artículo 9. Plazo mínimo

    1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    Es decir,por lo general, si cuando llega el vencimiento del contrato (el año), el inquilino no avisa (con 30 días de antelación, preferiblemente por escrito) de que no está interesado en renovar el contrato, éste se renueva automáticamente por otro año más. Sin necesidad de que se firme nada.

    Sería conveniente que nos pusieras exactamente la cláusula que comentas (donde dice que si no firmas una renovación se da por terminado el contrato), para que te podamos ayudar mejor ...

  • Helena Haydeé

    casero/a

    Gelen no te apunté que aunque no se estipule, en los próximos contratos que firmes debes avisar 30 días antes del vencimineto del mismo. Saludos

  • Helena Haydeé

    casero/a

    Gelen si es así como lo comentas bien, pero comunica por escrito y de manera fehaciente ( burofax) que te marchas en la fecha x habiendo cumplido el contrato establecido.

    Cuando entregues las llaves firma tú y el propietario documento de entrega de llaves, fin de contrato con comprobación de estado de la vivienda.

    El propietario deberá reintegrate la fianza comio máximo 30 días, después de descontar suministros pendientes ( debe presentar factura).

    Pincha en el experto AMPARO BB y encontrarás en su web un modelo de lo que te comento excelente. Saludos

  • gelen

    inquilino/a

    La duración del contrato es de 11 meses y ya la he cumplido, me acaba este mes. Mes el cual está y pagado, por eso digo, si en el contrato pone que si no se vueve a firmar una renovación, yo devuelvo las llaves, pero no dice que avise con antelación para que al propietario le de tiempo de buscar a otro inquilino. ¿Mi pregunta es esa, si yo he cumplido con el contrato, el piso está perfecto, lo he pagado todo, y en el contrato no pone nada de avisar con antelación? Tiene el propietario derecho a quedarse con mi fianza? Hay alguna cláusula en la ley de arrendamientos que diga que aunque no lo ponga en el contrato hay que avisar con antelación?

    Gracias

    • Respondido por: gelen
    • Hace 15 años
  • Helena Haydeé

    casero/a

    Gelen, aunque no lo ponga los contratos de arrendamiento de vivienda tienen una duración que debe respetarse; no se como tienes establecido en tu contrato la duración. La fianza solo puede utilizarse para responder de los deperfectos y posibles impagos de suministros.

    De todas maneras lee tu contrato pues el propietario podría pedirte una indemnización equivalenta a las mensualidades que faltan por cumplir en el contrato,

    En caso de que la duración sea por cinco años ( eso me temo) intenta llegar a un acuerdo con el casero y si está conforme redactais doucmento de entrega de llaves, estado de la vivienda y recoge que la fianza queda para el propietario sin exigirte nada más una vez firmado ese documento. Suerte

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