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Os comento mi situación
El antiguo arrendador me pide el pago del agua de 4 años. El contrato indica que la comunidad la paga el arrendador (donde está incluida el agua y que ha pagado él) y por otro lado que todo lo susceptible de ser individualizado por contador los paga el arrendatario. Un abogado nos dijo que el agua la tenemos que pagar independientemente del contrato. Por tanto pagaremos el agua.
El arrendador, una vez firmada la entrega de llaves, no me devuelve la fianza, porque quiere calcular el agua que debemos, así lleva dos meses con la excusa de que no le dan las facturas (yo las tengo y tarde 4 días)
El agua son 620 euros (me quiere cobrar intereses de demora por 200 euros), el aval de 1640. ¿Puede retenerme la fianza por tiempo indefinido hasta que él consiga todas las facturas? Tengo entendido que el plazo máximo de la devolución de la fianza son 30 días. ¿Puedo denunciarle por no cumplir la devolución de la fianza cuando por su dejadez no nos calcula la deuda de agua?
Tendras que reclamarsela judicialmente o encargarle a un abogado que haga las gestiones de cobro.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es