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En contrato de arrendamiendo vence en Julio (se firmó en el año 2009 por un plazo máximo de 5 años, prorrogable anualmente) y como sólo quiero estar en el piso 2 meses más después del vencimiento y no quiero que opere la prórroga automática de un año más, qué hago? ¿un contrato de prórroga sólo de 2 meses? ¿o la no renovación de éste y la firma de uno nuevo sólo por 2 meses? Gracias!
Hola irceli:
coincido con la respuesta de mi compañero pedro yy le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
irceli Estás a la buena voluntad del casero,que si acepta,no hay problema,por eso debes pactar por escrito
yo creo que un anexo al contrato donde se indique que el casero acepta la marcha el dia tal, comunicada en ese mismo momento, sin por ello tener derecho a exigir indemnización alguna por la marcha a media anualidad, listos.
firmado por ambos, 2 originales, uno pa cada uno.
y para casa.
Pablo.
La segunda opcion. Comunicando fehacientemente y en plazo la no renovacion.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es