Apreciado bluewolf:
Dado que el cambio de caldera puede considerarse una obra de conservación y dado que la obra ha tardado en finalizarse más de veinte días desde que comunicaste al arrendador la necesidad de realizarla, tienes derecho a una indemnización consistente en una reducción de la renta en la parte proporcional en la que que se te ha privado el uso de la vivienda.
Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.
Atentamente,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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