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Icram

inquilino/a

Si el contrato es por un año, se renueva automáticamente hasta 3?
Hola, llevo un año y pico en una vivienda.  Nuestro contrato, realizado entre particulares, no especifica que el contrato se renueve automáticamente hasta 3 años.  Ahora bien, cuando finalizó el año, nos íbamos a mudar a Madrid, a casa de mis padres. Yo guay me empadrone y todo ahí pero no llegamos a dejar el piso,y decidimos quedarnos. El problema es que al intentar reempadronarnos nos dicen que no es posible porque el contrato ha vencido. La dueña del piso lleva desde enero dándonos largas para hacer un anexo , o un nuevo contrato,además de que dice que tiene que actualizar el precio del alquiler, no sé si puede hacerlo. aunque seguimos pagando religiosamente el alquiler.  Que podemos hacer? He acudido a consumo y me dicen que no pueden hacer nada si no es inmobiliaria, en el ayuntamiento tampoco, y en la junta de Andalucía en el teléfono de la oficina de vivienda me dicen que no pueden ayudarme con algo tan especificó, que solo tienen información general.  Agradezco vuestra ayuda.  Graciad
  • Preguntado por: Icram
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (9)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Icram:

    Coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    En mi respuesta anterior, olvidé decirte que si por la vía del dialogo no admiten el que te puedas empadronar, presentes una solicitud por escrito en el registro de dicho ayuntamiento,  mejor, previo el asesoramiento de un abogado experto en derecho administrativo.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Igual en ese ayuntamiento que te niegan el poder empadronarte, el único que entiende de leyes, es el secretario, pide hablar con él y le comentas lo que te pasa y que a tenor del artº 9 apartado 1 de la Ley 4/2013 de 4 de Junio tu contrato se prorroga por plazos anuales hasta cumplir tres años de arrendamiento.En cuanto a la actualización de la renta que pretende la arrendadora, siempre que conserves el mismo contrato, ésta podrá aplicar una vez al año y sin efectos retroactivos, lo convenido en el contrato y en su defecto la acomodación a lo que indique el IPC
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ha dado usted con un funcionario   i n e p t o.  Como tantos hay... 
    Vaya con los recibos del pago de la renta y diga que su contrato es verbal. 
    Lleve también alguna carta  a su nombre dirigida al domicilio (del banco, la luz, el gas, internet, etc.)
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ha dado usted con un funcionario inepto. Como tantos hay... 
    Vaya con los recibos del pago de la renta y diga que su contrato es verbal. 
    Lleve también alguna carta  a su nombre dirigida al domicilio (del banco, la luz, el gas, internet, etc.)

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ha dado usted con un funcionario inepto. Como tantos hay... 
    Vaya con los recibos del pago de la renta y diga que su contrato es "verbal". Lleve también alguna carta dirigida al domicilio (del banco, la compañía eléctrica, de telefonía etc.)

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    ¿Ha probado a presentar recibos actuales del pago de alquileres? En último caso podría presentar un documento del dueño manifestando que ese arrendamiento sigue vigente  En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene abundante información sobre el tema 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Icram

    inquilino/a

    Gracias por la respuesta.  La teoría la tengo clara, pero en la práctica, no puedo empadronarme en esta vivienda de uso habitual, porque no tengo un contrato que este dentro de la fecha actual, porque el contrato que firmamos el año pasado ha vencido. Como reclamar al ayuntamiento que estoy en mi derecho de empadronarme porque en la LAU indica que se prorroga automáticamente mínimo 3 años? Y otra pregunta, cada cuánto tiempo puede la propietaria actualizar el importe que pago de alquiler? Como se haría? Muchas gracias de nuevo, su artículo está claramente explicado y se agradece. 
    • Respondido por: Icram
    • Hace 9 años
  • Jan Abogado

    profesional

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