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Es decir, si yo he firmado a fecha 25 de Agosto un contrato de alquiler que entraria en vigor el 1 de septiembre y aun no he pagado ni la fianza ni el mes en curso, ¿puedo echarme atras aun? Es un contrato concretamente firmado entre 4 personas, de las cuales yo soy una de ellas.
Ah, y respecto al desistimiento del contrato (que es por un año) lo unico que indica el contrato mismo es que debe avisarse con 30 dias de antelacion. No habla nada de indemnizaciones ni nada.
A ver, es un piso que el dueño como tal es como si lo alquilara por habitaciones.
Lo que hace es que el contrato con fecha 1 de septiembre esta a nombre de 3 personas: una que ya esta viviendo alli, otra que soy yo, y otra persona que no se encuentra todavia y que posiblemente llegara en octubre. Por otra parte uno de los inquilinos anteriores finalmente se va a quedar por lo menos un mes mas hasta que esta otra persona llegue, aunque no aparece como tal en el contrato.
Pero el contrato nes soplidario?. Si es solidario el arrendador puede exigir, en caso de impago, la renta al 100% a cualquiera de los arrendatarios (lógicamente menos al no firmante). saludos,
Se me olvido indicar: el contrato aun no esta firmado por todas las partes ya que uno de los arrendatarios aun no se encuentra y por tanto no ha podido firmarlo.
Una vez firmado el contrato, ya no puede uno echarse atrás:
Código civil:
Art. 1254
El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
Art. 1256
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Lo siento - Papeleos Alquiler