Eso de que el propietario le echará a usted en tres semanas si no hay "acuerdo" es una burrada del tamaño de un elefante. Usted remita al propietario al
artículo 27 de la LAU, y dígale tranquilamente que a menos que demuestre alguno de los supuestos que en él se enumeran, no puede echarle ni a usted ni al Espíritu Santo.
Y si no le gusta, que demande. El juez como poco se reirá del propietario, si le pilla con buen humor.
Usted limítese a mantener el pago de la renta, la obligación más importante. Busque un compañero de reemplazo si usted no puede o no quiere cargar con todo el alquiler. Y si eso no es posible, renuncie usted también al alquiler para poder irse a otro piso, compartido o no.
Pero en tanto no haya impagos u otros incumplimientos especificados en el art. 27, el casero no puede echarle.