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ANTONIO RE

casero/a

¿Qué información debo pedir a los inquilinos para alquilar mi piso?
Hola, voy a alquilar mi casa por primera vez y me gustaría saber qué tipo de información o documentación debería tener de los inquilinos antes de firmar el contrato y dónde podría encontrar contratos legales .
  • Preguntado por: ANTONIO RE
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
manuel josé ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Álvaro... ¡¡este hilo tiene 5 años!!
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Esto es muy subjetivo...

    Por ley puedes sólo pedir un mes de fianza, que deberás ingresar en el organismo competente, y el mes de alquiler por adelantado.
    Sin embargo, también puedes pedir otras garantías para tener la seguridad de que tu piso estará bien. Estas garantías pueden ser económicas (dos, tres o más meses de "fianza", aval bancario), o no (nóminas, declaración de la renta, etc.)

    La gente no le gusta el aval bancario, porque es tener el dinero inmovilizado en el banco y que el banco les cobre una comisión por tenerlo allí guardado sin que lo puedan coger. Para eso, creo que es mejor pedir que te lo den como depósito.

    Los organismos públicos (Ministerio de la Vivienda, comunidades autónomas, etc), lo que suelen pedir a los inquilinos es que justifiquen que el alquiler es el 40% de los ingresos totales de los que van a vivir en la casa (no de una persona sola, que es más dificil) y que tengan un trabajo estable (no uno de obra y servicio, que te pueden despedir mañana, sin indemnización ni paro). Para comprobar esto, piden, de todas las personas que vayan a figurar en el contrato: tres últimas nóminas, contrato de trabajo, vida laboral y declaración de la renta si la han hecho.

    A cambio de presentar todo esto, los inquilinos tendrán que pagar sólo el mes de fianza y el del alquiler.

    Dependiendo de donde tengas el piso, será más o menos fácil que la gente cumpla esto: si es en una gran ciudad, muy bien. Pero si es en una ciudad pequeña donde la mayoría trabaja en tiendas o en la construcción (con contrato de fin de obra), pues es más complicado... Además que son muchos papeles...

    Te lo digo por si quieres mirar a ver si te compensa hacerlo con ellos (porque dan muchas ventajas a los propietarios) o simplemente por si quieres cogerlos como ejemplo por el tema de requisitos...

    También lo que puedes hacer es un seguro de impago (si alquilas el piso a través de un organismo público, este seguro, igual que otros, te saldría gratis). Eso es que pagues X € al año, pero que si el inquilino te deja de pagar, la compañía del seguro te paga el importe del alquiler. La pega es que la compañía te tiene que dar el visto bueno a los inquilinos (porque no van a asegurar a cualquiera).

    Yo te recomiendo que te guies también un poco por tu sexto sentido. Algunas veces falla, pero si en un principio una persona no te da buena espina...
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Para asegurarte de su solvencia (esto es importante para que si decidieran no pagarte, al final hubiera dónde embargarles por orden judicial)
    - Nómina de funcionario
    - Nota simple que muestre propiedades a su nombre
    - Aval bancario por el importe mínimo de un año de renta y con una duración de 5 años.
    - Aval personal de funcionario o de alguien que posea propiedades.
    Eso respecto al perfil de los arrendatarios.
    Respecto al contrato, desde mi página puedes bajarte el que yo utilizo, o en el siguiente documento, puedes solicitar (online) uno personalizado al letrado Pedro Hernández del Olmo, quien por 30 euros te hará uno a la carta.
    http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
  • manuel josé

    casero/a

    Lo más importante es que sea persona solvente o que tenga fiador personal o aval bancario. También puede hacerse seguro de impagos de renta por seis meses que incluyan el pago de costas judiciales. También (optativo) seguro del hogar que cubra daños mobiliario que sea suyo. Normalmente el arrendador hace el suyo y el arrendatario lo de él. Es obligatorio una mensualidad de renta como depósito en organismo público ( 2 si es negocio). Puede exigir otras garantías en efectivo.
    Si alquila a un funcionario, o el inquilin tiene un fiador que sea propietario según Nota Informativa Simple del Registro de la Propiedad, y se produce un impago de la renta o cualquier otra cantidad que deba pagar el inquilino como pueden ser los suministros de agua, luz, gas ... seguro que antes o después cobrarás. Modelos de contrato hay muchos por Internet.
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