jorgelina la falta de agua potable, salvo que pueda beberse el agua de esa cisterna, parece una circunstancia suficiente para rescindir el contrato, sin embargo debe considerar que nadie puede rescindir un contrato uniltaralmente y por otra parte en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador. En
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