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Tengo contratado un despacho con otra persona en un centro de negocios. los gastos de los muebles fueron a medias y en efectivo todo. Mi compañera se niega a pagar-me la mitad del valor de los muebles y se niega a entregarme los muebles. A parte pospone cada cita que tenemos para hablar del tema. tengo que entregar las llaves a final de mes, y no me ha dejado alternativa, he ido al despacho a llevarme los muebles que considero que representan la mitad del valor total de todo y la recepcionista del centro de negocios me ha prohibido que me lleve los muebles, alegando que sin la presencia de mi otra compañera inquilina no puedo llevarme absolutamente nada.
- es legal que la recepcionasta me prohiba llevarme unos muebles que no son propiedad del centro de negocios?
a parte, la recepcionista ha entrado al despacho cuando no había ni mi compañera ni yo para asegurarse que no me he llevado nada y a continuación a llamado a mi compañera para ponerla en aviso de mis intenciones. es legal?
Piscis tres, llevarme la mitad de los muebles(puesto que es lo justo ya que no quiere pagar ni nada) seria tener problemas, en caso de que me denuncie, pero dejarselos todos en el despacho no es justo porque yo tambien he pagado esos muebles. Y si hubiese querido hablar almenos del tema o algo ya estaria todo solucionado.... Pero la realidad es que no quiere hablar del tema y yo no tengo que porque regalar algo a alguien que se quiere quedar con todos los muebles por la cara.... o me equivoco?
Valora si te conviene llevarte los muebles contra la voluntad de tu compañera de despacho, el hacerlo te puede crear otros problemas.
Si haces lo que te dice Crazyh, tu compañera puede presentar una denuncia ante el juzgado por llevarte esos muebles.
Tú llévate lo que consideres, y que sea la otra parte que acuda a un abogado y demande si le apetece, que va para largo.
Ok, elba_: superado el tema de la recepcionista vamos a ver el problema del reparto.
En realidad te lo hemos estado diciendo todo el rato PHOLMO, Jan, Pedro y yo mismo: como tu socia no quiere hablar, no te queda más remedio que demandarla para disolver esa comunidad. Cierto que tienes que acudir a un abogado y que puede que te cueste más el collar que el perro, pero es la única solución legal.
Ya te dirá el abogado qué es lo que tienes que hacer, pero lo que yo haría es proponer en el suplico de la demanda un reparto (equitativo) de los muebles y subdiariamente que se vendan en pública subasta. Es chocante, ya lo sé, pero es lo que manda el Derecho.
Esperemos que algún otro compañero abogado nos dé una opinión en este sentido, porque la verdad es que nunca se me ha dado el caso y temo estar equivocándome.
Esto tiene pinta de inacabable. Yo coincido con la respuesta de mis compañeros Pedro M y la ultima de León, en cuanto que elba_ quiere resolver por su cuenta un problema habitual, la finalizacion de una comunidad que suelen empezar muy bien y terminan casi siempre así, y esa solucion si no la encuentran las interesadas la tiene que dar un juez.
León jaime Bendayan,
lo de la recepcionista ya me ha quedado claro que no puede hacer ni impedirme nada, y el tema de los muebles los compramos a medias eso si, el problema està en que no quiere negociar absolutamente nada, he intentado hablar con ella en persona y me ha cancelado los encuentros más de una vez, la he llamado y dice que por telefono no quiere hablar del tema.. a todo esto deduzco que está molesta conmigo... pero como he dicho en otros comentarios... que tengo que hacer? si segun tu no puedo llevarme los muebles... porque yo a final de mes tengo que dejar las llaves y ella no quiere llegar a ningún acuerdo conmigo...
Pues yo sí veo que hay diferencia de opiniones, pq no opino igual que tú, ni que piscis, por ejemplo.
Y mucho menos que la secretaria/recepcionista haga su labor, ya que su labor no es llamar la atención a nadie.
elba_: si te das cuenta no hay diferencia de opiniones.
1.- La recepcionista no puede impedirte que te lleves nada, pero hace su labor y te "llama la atención". Pero si quieres pues la denuncias y ya está. Está claro que la recepcionista no es ninguna policia y no puede imponerte nada.
2.- Pero tú no puedes llevarte lo que no es tuyo, no porque lo diga la recepcionista, sino porque no es tuyo. Lo que hay es un condominio de los muebles, que es tanto como decir que no son tuyos, sino de las dos. Tú no puedes decidir llevarte un mueble si, otro no, o lo que sea. Tendréis que llegar a un acuerdo sobre el reparto o en su defecto ir al juez.
Grosso modo, en realidad todo lo que estamos diciendo no es más que esto.
Mi respuesta está pendiente de publicación, pero no hace más que repetir lo mismo que ya he dicho varias veces, elba.
No es "según yo", es según las leyes ( código penal, código civil, constitución española...) y según las actuaciones policiales.
Si te lo intenta impedir, llama a la policia y diles que no te dejan llevarte tus cosas, y pides que se envie una patrulla, que se lo explicarán a la "secreguarda", y en caso de que fuera un guarda de seguridad, también se lo explicarían, pq un guardia de seguridad no deja de ser un civil con uniforme con unas funciones muy limitadas.
Esto me recuerda a la mania que tienen las cajeras del supermercado en pedirte el dni, que no tienen derecho, y si se lo enseñas es pq te da la gana, al igual que si voy yo por la calle y le pido a alguien que me enseñe el dni.
Incluso si un guarda de seguridad te pide que le enseñes el bolso, no estás obligada, y solo pueden detenerte si tienen pruebas, que no indicios, de que se ha cometido un delito, y lo único que pueden y deben hacer es retenerte ( está palabra no existe en el código penal, es detención, pero para entendernos) y avisar al cuerpo de fuerzas y seguridad del estado que corresponda para que se personen, hagan las averiguaciones pertinentes, como identificarte, y te detengan si procede.
Elba, te doy mi opinion, habiendo dado un vistazo muy rapido a tanto exceso de literatura:
No voy a entrar, pues desconozco los detalles, en si estás abandonando de forma correcta la oficina, en tiempo y forma y de acuerdo con lo pactado en el contrato, que presumo solidario.
Mientras seas arrendataria tienes la posesion del inmueble, puedes entrar, salir, meter y sacar tantos muebles como quieras.
Ninguna persona puede impedirtelo, ni mucho menos entrar en tu oficina, ni tampoco tiene ni obligacion de avisar a nadie, ni derecho a impedirte que hagas lo que te parezca.
Si fuese asi, solo tienes a interponer una denuncia.
Con respecto a los muebles que te llevas, pues bien no está hecho pues presupongo una cotitularidad con tu compañera, es decir, todos los muebles son de ambas y eso, aunque no conste en facturas, imagino que en vuestra contabilidad debe existir alguna mencion al concepto y la cuantia deducida o amortizada por cada una de vosotras. En todo caso el derecho civil tiene soluciones para deshacer ese condominio a falta de acuerdo.
Pedro Martínez
Abogado
Sin meterme en la discusion, lo que si tengo claro es que denunciarte SI puede, otra cosa es que la denuncia llegue a algun sitio.
No se si el termino es denuncia o demanda, pero puede tranquilamente personarse en caulquier comisaría y exponer los hechos.
De lo que comenta crazyh, interpreto que no llegaría a ningun sitio, por que, supongo, que entonces tu compañera tendrá que demostrar que te los has llevado de forma ilegal. ¿es asi crazyh?
Uf... Vaya diferencia de opiniones...
Entonces segun tu, crazyh, si antes de entregar las llaves, decido llevarme la mitad de los muebles que es lo màs justo dado que no ha querido negociar nada mi compañera... Por mas que diga la secretaria... Lo hago igual no? Y le argumento lo que dices tu.
Y segun entiendo al no haber hurto, ni animo de lucro ni nada, mi compañera tampoco puede denunciarme no? Lo he entendido bien?
Gracias por las opiniones!
Casi mejor que te hubieras quedado calladito, que es como mejor estás.
"deber de avisarla" ? La secretaria? Me encantaria saber de dónde narices te sacas que el deber de una secretaria es avisar a alguien de la propiedad de unos muebles. Pero aparte, si quiere avisarla, que la avise, que es libre de hacerlo, pero lo que no puede hacer es IMPEDIR que se los lleve.
Si llega un desconocido, no es propietario ni arrendatario, y se lleva algo, tú mismo ya has respondido: La secretaria tiene que llamar a la POLICIA, y ahí sí que habría un delito de robo o hurto. Pero de hecho, si ese desconocido tiene llaves, y no fuerza la puerta, ni rompe nada, con decir que es un "mandao", y que le han encargado llevarse esos muebles y poner otros, la policia solo le identificará y listo. ¿ O es que el portero de la escalera de una comunidad va evitando que se lleven la nevera o un sofá a los "desconocidos" que contratas? Porque te aseguro que en mi caso, el portero no ha dicho ni mú ni una sola vez, de las miles que ha pasado ese supuesto en las comunidades donde he vivido.