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wirlan

inquilino/a

Rebaja de renta en cualquier momento

Buenas.

He leído en varios sitios que es posible rebajar la renta de un alquiler simplemente firmando casero e inquilino un anexo al contrato de arrendamiento en el que se especifique la cantidad que se rebaja, la duración de la rebaja, etc.

Sin embargo en el Artículo 18 de la LAU dice: "Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato..."

Entonces mi pregunta es: ¿se puede o no se puede hacer una rebaja de la renta de un arrendamiento si ambas partes están conformes?

Muchas gracias y un saludo.

  • Preguntado por: wirlan
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Todo lo que se pacte y se hable de común acuerdo es válido

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Está comparando peras con manzanas, una cosa es una actualización realizada unilateralmanente por un ade las partes, normalmente el arrendador y otra un amodificación del alquiler acordada de consuno.

     

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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