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FERILATO

inquilino/a

¿Quién debe pagar la contribución urbana si no se especifica en el contrato?

¿Quién debe pagar la contribución urbana?

  • Preguntado por: FERILATO
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
  • airamana

    casero/a

    El sujeto pasivo del IBI es el propietario, por lo que solo en caso de que en el contrato se especifique lo contrario, es el propietario el que está obligado a pagarlo.

    Para más información, consulta: http://iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=11090000

    • Respondido por: airamana
    • Hace 15 años
  • Muelles

    casero/a

    Si en el contrato no se hace referencia alguna a tributos, tasas o impuestos, éstos correrán a cargo del arrendador.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si el contrato no dice estas dos cosas:

    • Que lo paga el inquilino
    • El importe del último pagado

    lo paga el propietario. (Art. 20 - 1 de la LAU)

    Saludos

    Amparo BB - Papeleos Alquiler

  • manuel josé

    casero/a

    La contribución  o   IBI  lo paga el inquilino pero puede repercutir su pago al arrendador  figurándolo  en  cláusula del contrato  ( impuestos, IBI, ...). Lee el contrato.

    "Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales


    1. Las partes podrán pactar  que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo  del  arrendatario.
    En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
    En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.


    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.


    Saludos,

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