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Marcos

inquilino/a

¿Quien paga qué? Entro a vivir en piso alquilado. Varias dudas. Gracias!

Muy buenas,

Antes de nada quisiera darles las gracias por su tiempo y su ayuda. A continuación les expongo mis dudas.

Recientemente he firmado un contrato de alquiler junto con mi pareja por una duración de tres años. En el contrato aparecía que el inquilino tiene que pagar la cantidad del alquiler mensual + el IBI. No sé si es correcto que el IBI lo pague el inquilino. ¿Qué opinan?

Otra duda. Hasta después de haber firmado el contrato no nos hemos enterado de que actualmente no hay ningún suministro contratado (agua, luz, gas). Habría que darlos de alta con el gasto que conlleva. Nos han dicho que esos trámites los debe de hacer el inquilino. ¿Es cierto?

Por último y siguiendo con la pregunta anterior, en caso de querer contratar gas butano para la cocina y agua caliente, ¿quien se hace cargo del cambio de instalación de gas natural a butano (no sé si se debe de hacer, no estoy informado), calentador, y alta?

Muchas gracias a todos por su ayuda y asesoramiento. Es mi primer alquiler y me surgen muchas dudas.

  • Preguntado por: Marcos
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marcos, podrá desistir a los seis meses preavisando con treinta días sin mayor problema, salvo que en el contrato figure una cláusula penal  En cuanto a los suministros podría enviar un burofax poniendo de manifiesto su extrañeza porque estuviesen conectados cuando visitó la vivienda y ahora no y exigir que pague el alta  Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil) 
    http://www.pedrohernandezabogado.com/   
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Marcos

    inquilino/a

    Muchas gracias por sus respuestas, muy agradecido.

    A la vista está que he pecado de ingenuo...

    El contrato que he firmado es por tres años. Si desisto de él antes de lo pactado, ¿tengo la obligación de indemnizar al propietario?

    Y sobre el tema de los suministros, nosotros al visitar el piso éste disponía de agua y luz y por eso no preguntamos, lo dimos por echo (al parecer los suministros estaban pinchados para realizar unas obras menores. De esto no nos enteramos hasta después de firmar) y el propietario en ningún momento nos refirió nada.

    ¿Creen que podemos reclamar o lo tenemos que dar por perdido y hacernos cargo de tanto gasto como va a suponer?

    Gracias de corazón.
    • Respondido por: Marcos
    • Hace 9 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marcos es una lástima que haya firmado y después consulte, le hubiera venido muy bien leer
    EL DECALOGO DEL INQUILINO Si en el contrato ha aceptado pagar el IBI ahora no puede dejar de pagarlo. En cuanto a las altas de suministros habría que leer ese contrato para determinar quien debe pagar el coste que suponen, que puede ser elevado.
    El cambio de gas ciudad a butano lo podrá hacer o no dependiendo de la obra que signifique llevarlo a cabo, consulte con un  técnico.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/  
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Marcos es una lástima que haya firmado y después consulte, le hubiera venido muy bien leer ***
    Si en el contrato ha aceptado pagar el IBI ahora no puede dejar de pagarlo. En cuanto a las altas de suministros habría que leer ese contrato para determinar quien debe pagar el coste que suponen, que puede ser elevado.
    El cambio de gas ciudad a butano lo podrá hacer o no dependiendo de la obra que signifique llevarlo a cabo, consulte con un  técnico.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/  
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Si en el contrato pone que debe hacerse cargo del IBI, así debe ser, hay que leer lo que uno firma, tan normal es que lo pague el arrendador como el arrendatario, ya que este punto es de libre pacto en el contrato, si no apareciera nada, tendría que pagarlo el propietario.
    En cuanto a los suministros y cambio de instalaciones para los mismos, si en el contrato no pone nada, deberá hacerse cargo usted, ya que, como ha visto la vivienda antes de firmar el contrato, y la ha aceptado en el momento de la firma, le corresponde hacerse cargo de todo ello.
    Le va a salir por un pico no haberse asesorado antes, pero de estas cosas se aprende.
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