Carlos ese llamado "canon" si se refiere a un apartado de los gastos generales de la Comunidad de esa finca, corresponde al arrendador sufragarlo, tal como se deduce de lo que expresa el contrato, según usted lo explica. Si se refiere a gastos de calefacción medidos por contador si que le correspondería a usted. En todo caso parece que esa deuda debió quedar reflejada en el documento de fin de contrato, ahora parece más bien una excusa pra no devolver la fianza.
Pedro Hernández Olmo, abogado