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Buenas tardes,
Tengo un local de negocios alquilado hace muchos años. A finales de 2011 el inquilino que tenía lo traspasó a otro inquilino que tengo ahora con el consentimiento mío, o sea de la arrendadora. Ahora al intentar el inquilino actual hacer el cambio de nombre del contador de la luz resulta que los de la compañía eléctrica dicen que como hace tiempo que el local se alquiló ahora se tiene que hacer un boletín de reconocimiento. El inquilino dice que soy quien debe pagarlo y el electricista que yo no porque el contador siempre ha ido a nombre de los inquilinos y no a mi nombre. ¿Quién tiene la razón? ¿Y si el cableado no estuviera bien, quién tendría que pagar el nuevo?
Muchísimas gracias
Como bien dice Amparo la expresión 'Muchos años' parece dar a entender que se trata de un arrendamiento de 'Renta antigua, unido a que hable de traspaso y eso solo es posible en esos arrendamientos, por lo tanto entiendo que corresponde al arrendatario/traspasatario ese gasto.
Tras la lectura del artículo 30 de la actual lau, diría que le toca al arrendador.
si el arriendo se formalizó al amparo de la anterior lau (64) la respuesta probablemente sea otra.
defina "muchos años"
saludos - Papeleos Alquiler.