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Hola,
tengo un contrator de alquiler de tres años, primero obligatorio de mayo de 2014, en enero me tengo que ir a vivir fuera, que es lo que tengo que pagar exactamente para dejar el piso? El alquiler son 550€. He leído que si ya han pasado los seis meses no tengo que pagar nada, pero en el contrato dice que el primer año es de obligado cumplimiento.
Alguien me puede aclarar la duda?
Pues mire si tiene previsto el pago de una indemnización en caso de desistimiento.
En caso de no haberla, Ud. puede desistir del contrato libremente una vez transcurridos los 6 primeros meses. En caso de haberla, no podrá ser superiror a la parte proporcional de una mensualidad respecto de la parte proporcional de una anualidad que restare por cumplir.
Puede leer este enlace.
http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-vivienda-ii/
Un saludo,
Hola,
El contrato es prorrogable hasta los tres años, lo acabo de mirar bien ahora.
muchas gracias a los dos, muy amables.
Coincido con la respuesta de mi compañero Josep y añado:
Si el contrato tiene ya una duración de tres años (y no la típica de 1 año prorrogable hasta 3, que jurídicamente no es lo mismo), en caso de que se prevea indemnización, ésta será de 2 mensualidades y la parte proporcional.
Si tiene dudas, pida que un abogado analice su contrato para darle una respuesta.
Puedes desistir de tu contrato una vez hayan transcurrido 6 meses.
La indemnización máxima - que debe constar en el contrato - es la equivalente a una mensualidad de renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. (art 11 LAU)