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Gloria3210

inquilino/a

¿Puedo pagar la parte proporcional de un mes al finalizar un contrato de arrendamiento?

Hola, el día 23 de diciembre de 2013 comuniqué al propietario de mi piso el deseo de marchar hacia mediados ó finales del mes siguiente (no concreté ningún día).
En mi contrato no hay ninguna clausula donde se advierta un tiempo mín. para comunicar la finalización del contrato.

Les he dicho que finalmente marcho el 17 de enero ya que ya lo tengo todo atado en mi nuevo piso y si puedo pagar la parte proporcional del mes de enero y me ha dicho que no, que he de pagarlo completo.

¿es así realmente?

Muchas gracias de antemano.

  • Preguntado por: Gloria3210
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Es asi pues la mensualidad ya se ha devengado. Espero de todas formas que esa notificacion la hayas hecho de forma fehaciente como obliga la ley.

    pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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