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¿Puedo emplear la fianza como pago del último mes de alquiler si en mi contrato aparece el siguiente párrafo?
La expresada cantidad constituida como fianza responderá del pago del alquiler, de los perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales y de las penalizaciones contractualmente anudadas a tal incumplimiento, de los gastos originados en el inmueble, así como del pago de los gastos de comunidad o de cualesquiera otros derivados del uso de la vivienda, estando obligado el arrendatario a presentar certificado del administrador de estar al corriente en el pago de todos los gastos de comunidad, como requisito previo e inexcusable para la devolución de la fianza.
Coincido con los demas, la fianza no sirve para pago de ningun mes y ademas es una fea costumbre de algunos inquilinos, porque la fianza esta para los desperfectos, recibos impagados...
A parte que la clausula que tienes en tu contrato, la redaccion es malisima.
Hola laralala:
Coincido con la respuesta del Sr Pons, aunque la redacción de la cláusula que usted ha transcrito es desastrosa desde un punto de vista jurídico, ya que parece permitir la compensación de rentas impagadas con la fianza así como la penalización por imcumplimiento del contrato.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Email: letradoalquileres@hotmail.com
Email2: armandogarcia@ical.es
No, no puedes, pues la fianza garantiza muchas más cosas que el pago del alquiler. El propietarioo podría si quisiera demandarte por falta de pago, y tendrías que pagar además las costas judiciales.