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Necesito volver a vivir en el piso que tengo alquilado.El contrato vence en octubre. ¿puedo rescindir el contrato? ¿con cuanta antelación?
Hola Rosario:
Sin perjuicio de la respuesta de mi compañero Pholmo, le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Los-derechos-del-arrendatario.htm
reciba un cordial saludo.
Si en ese contrato no se estipuló una clausula de necesida para darlo por terminado, no solo no peuede rescindirlo, sino que el inquilino tiene derecho a permanecer allí cinco años.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).