Hace más o menos un año mi hermano sufrió un accidente con graves secuelas. Con el interés de ayudarle en su recuperación alquilé un pequeño piso a una inmobiliaria y que él lo ocupara, yo firmé el contrato como arrendatario tras explicar la situación a la inmobiliaria y mi hermana se incluyó como avalista.
Cerca del cummplimiento del primer año hemos sido conscientes que mi hermano no ha abonado los dos últimos recibos, compromiso a hacerlo que adquirió desde el principio, por lo que hemos decidido cancelar el contrato abonando dichos recibos si fuera preciso e incluso ofreciéndole la fianza cuando se devuelva que pagué yo. Mis preguntas son las siguientes ¿En el caso hipotético que mi hermano no quisiera abandonar el piso o no me facilitara el último recibo de luz pagado que necesito para proceder a su cancelación cual es el procedimiento que podría seguir?¿Que solución tengo para evitar que la deuda vaya engordando?
Saludos y gracias anticipadas
Preguntado por:
Jesus
Hace 7 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (28)
Piscis tres ha sido el primero en contestar Hola ha sido elegida Mejor Respuesta
andrea
casero/a
No se quien se empecina más aquí. Estoy convencida de que si Jesús acude a la consulta de un abogado tal como dice y se le ha recomendado,lo guiará mucho mejor con lo que se puede hacer y pactar de lo que cualquiera pueda guiarlo aquí
Jesús, sigues empecinado con la inmobiliaria, tu interlocutor válido es el propietario/arrendador, salvo que alguien de la inmobiliaria tenga poderes notariales expresos para actuar en su nombre.En cuanto a las costas procesales en un caso como el presente se pueden pactar previamente e incluso si quiere la parte reclamante, no pedirlas,ni tampoco las rentas adeudadas con tal de tener el piso libre inmediatamente todo depende del acuerdo al que se llegue. De todas formas lo más rápido y económico, será que la familia en pleno "convenza" a tu hermano para que deje el piso, libre, vacuo y expedito.
Muchas gracias de nuevo a todos por vuestras respuestas. En principio la inmobiliaria de manera verbal nos ha dado el margen de una semana a ver si conseguimos hacer entrar en razón a mi hermano, todo ello seguiría cubriéndolo la fianza. Vamos a intentarlo, incluso hemos avisado a otros familiares para que lo intenten. En caso de no conseguirlo, y antes de pactar nada con la inmobiliaria, consultaremos un abogado que nos ayude a evaluar correctamente la situación como habéis aconsejado en los últimos comentarios. Lo dicho, muchas gracias, de corazón.
Estoy de acuerdo con Andrea. Si se procede al desahucio y tu te encargas de la minuta del abogado como te indican, es más que probable que termines siendo condenado a costas y terminarás pagando dos veces lo mismo o incluso más.
Ante la persistencia de la ocupación del piso por parte de tu hermano y predisposición vuestra para solventar el problema, habría que llegar a un pacto con el arrendador para que un abogado,bajo presupuesto cerrado a tu cargo, presente la demanda de desahucio inmediatamente y vele para que el Decreto de resolución del contrato y diligencia de lanzamiento se produzca lo antes posible, todo ello con la finalidad de aminorar tiempo y gastos que un desahucio normal puede ocasionar al inquilino.
Jesus, habría que conocer más en profundidad la trayectoria que ha seguido dicho alquiler. Para empezar habría que ver el contrato firmado, como se documentó quien era el inquilino y si se estipuló alguna clausula en la que apareciera su hermano como ocupante de la vivienda, también si todas las gestiones del alquiler se han realizado con la inmobiliaria como mediador, pues si ha sido así el arrendador no tendrá tan fácil argumentar que para unas cosas si que sirve la inmobiliaria como gestor y para otras no. Otro factor a tener en cuenta es el tiempo que transcurra desde que firmó la entrega de llaves hasta que se den cuenta y notifiquen de alguna manera que la vivienda sigue ocupada...
Por supuesto, y en mi voluntad está solucionar éste tema como sea. Como entenderá, soy el primer afectado y sobre todo el primer engañado en ésta situación. Con toda mi buena voluntad intenté ayudar a un hermano, cuando la situación se complicó hablé con él y estuvo de acuerdo en cambiar de domicilio, aboné con mi hermana todo aquello que quedaba pendiente (véase recibos de alquiler y luz varios), mi hermano me entregó las llaves y con todo lo realizado di de baja el contrato. Ahora resulta que me mintió a posteriori o cambió de opinión sin importarle las consecuencias para mi y para mi hermana. Además, me duele sobremanera porque siempre he tenido una relación excepcional con dicha inmobiliaria. Simplemente he expuesto los hechos como han sido y pido opiniones. Afrontaré lo que tenga que afrontar y asumiré lo que tenga que asumir si así se estima. Lo que parece evidente es que la cancelación del contrato, y esto me lo ha reconocido la propia inmobiliaria, parece un hecho. Las consecuencias de todo lo que ha pasado y las responsabilidades que tenga cada uno las decidirá quién tenga que hacerlo llegado el caso.
Haga lo que haga la inmobiliaria, si no actúa con poderes notariales del propietario/arrendador, podéis tener tanto ella como tú como inquilino y como avalista tu hermana, un muy serio problema. Quizás tendréis la suerte que el arrendador sea una persona poco avezada en estos temas y acate sin poner objeciones lo realizado, pero si no recupera inmediatamente la posesión del piso por hallarse todavía tu hermano dentro, por muy cándido que sea, no creo que deje el asunto sin demandar el desahucio y pedir responsabilidades a todos los participantes que intervinieron en el acuerdo de resolución del contrato.
Piscis tres, ese es el documento que me entregó la propia inmobiliaria para rescindir el contrato. De hecho telefónicamente hoy mismo me han comunicado que el contrato está rescindido y por eso es ilegal que nadie ocupe el piso.
El documento tiene más apariencia de un simple comunicado, que de una resolución de contrato y efectuado de forma dolosa a la agencia intermediaria en la persona de un subordinado desconocedor del tema. El arrendador/propietario no tiene que acatar lo expuesto ya que no ha sido el receptor ni ha dado su consentimiento, por tanto puede seguir exigiendo el cumplimiento del contrato, más las responsabilidades penales que se deriven de lo actuado.
El documento que firmé para la cancelación tiene el siguiente formato: INMOBILIARIA: XXXXXX DIRECCION: XXXXXXX
FECHA BAJA: 10/4/2017
Muy Señores mios
Como arrendatario de la vivienda sita en la calle XXXXXXXXXXXXX, en ésta fecha les hago entrega de las llaves y de la posesión de la vivienda citada, quedando el contrato de fecha de 21-5-2016 rescindido, y al misma a suentera y libre disposición.
Asimismo solicito la liquidación de la Fianza se abone o carge en el siguiente número de cuenta, del cual soy titular.
(Escrito a mano) Recibidas llaves (FIRMA DE LA PERSONA DE LA INMOBILIARIA QUE RECOGIO LAS LLAVES) (DNI DE LA PERSONA DE LA INMOBILIARIA QUE RECOGIO LAS LLAVES)
Jesús si le han admitido las llaves y le han firmado un finiquito de contrato es posible que el problema recaiga ahora en su desaprensivo hermano, si no ha sido así, necesita urgentemente un abogado. Pedro Hernández Olmo, abogado
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