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Hola
Vivo de alquiler y tengo pensado cambiar de vivienda.
firme un contrato por cinco años que se ha prorrogado otros 3 más automaticamente.
me gustaría saber cual es mi situación legal en este momento. Si el contraro sigue en vigor, si tengo obligación de formalizar el preaviso al dueño de la vivienda para abandonarla.
muchas gracias.
álvaro.
Si el contrato es normal se encontrará en tácita reconducción (probablemente mensual), pero para estar totalmente seguros haría falta leer el contrato porque es posible (aunque no lo creo) que hayan firmado Uds. un sistema de prórrogas distinto al que figura en la LAU.
Supongo que no, que su contrato es "normal" y en ese caso se encuentra en tácita reconducción. Si ese es el caso la regulación del "preaviso" se establece en el art. 1566 del Código Civil a cuyo tenor:
Por tanto a Ud. le basta con avisar a partir del día 16 de cualquier mes que se va a final de dicho mes.
Muchas gracias por la respuesta.
Respecto al preaviso para la finalización del contraro, ¿sigue manteniendose en 30 días?
Se encuentra en tácita reconducción. Prórrogas mensuales si la renta se pactó mensual (ej. 1000 euros al mes) o prórrogas anuales si la renta se pactó anual (ejemplo 12000 euros al año)
saludos - Papeleos Alquiler.