Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Firmamos un contrato mal redactado y queremos que el arrendador nos firme uno nuevo, ¿Con que tenga fecha posterior al primero ya prima la validez del segundo sobre aquel? ¿Hay que añadir una clausula sobre que se modifica el primer contrato? ¿Y si se rompieran los contratos iniciales originales?
Gracias.
Muchas gracias por las respuestas. Había un error de fechas pero aún no he podido ver al arrendador para comentárselo.
Siempre y cuando estén de acuerdo todas las partes firmantes no hay ningún problema
La mala redacción es un concepto subjetivo y no da derecho a modificación del contrato. Si el arrendador accede a modificarlo se lepeued dar la fecha de efecto que acordeis. Si se rompen (destruyen) los contratos iniciales escomo si no hubieran existido.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Siempre que lo hagais de común acuerdo,tanto el casero como el inquilino,todo es válido.
Piensa que los contratos están cerrados por dos candados con llaves diferentes,que una tiene el casero,otra el inquilino y si no se ponen de acuerdo, tienen que acudir al juez,que es quien tiene una maestra, que abre los dos