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Mmorales

inquilino/a

¿Qué plazo tiene el propietario para habitar el piso tras haber rescindido el contrato por necesitarlo para un familiar?

¿Qué plazo tiene el propietario para habitar el piso tras haber rescindido el contrato por necesitarlo para un familiar?

  • Preguntado por: Mmorales
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Esta es la respuesta: Artículo 11.3 de la LAU

    Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial a ocupar ésta por sí, según los casos, el arrendador deberá reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o indemnizarle, a elección del arrendatario, con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedaren hasta completar cinco, salvo que la ocupación no pudiera tener lugar por causa de fuerza mayor

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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