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hace año y medio mas o menos empezaron los problemas de cucarachas. ( ya habían pero nadie decía nada).inmediatamente hemos hablado del tema con la inmobiliaria que gestiona nuestro alquiler, sin conseguir que hicieran nada.
una inspección de una empresa de control de plagas decretó- unas de las tantas que llamé yo- que la comunidad está plagada.
todos los saben pero dicen que no hay dinero para hacer obras de saneamiento.( pero han adelantado la cuota del próximo año para el mantenimiento de la piscina!)
he ido a sanidad a denunciar, pero tampoco ellos hicieron nada, solo un informe donde consta que la comunidad está plagada...
la preguntas es: podemos pedir algo por la situación inhumana en la que estamos viviendo? podemos denunciar también la inmobiliaria que no ha hecho nunca su trabajo?
estamos buscando piso pero antes de irnos yo por principio quiero que paguen para la situación en la que me ha tocado vivir durante más de un año y medio
espero alguien sepa ayudarme.
gracias
manuela
Puede que el dictamen pericial dictamine
-Que la plaga (el nido )se origina en su piso
-Que la plaga (el nido)se origina en zonas comunes del edificio
-Que la plaga (el nido )se origine en otro piso del edificio.
Entiendo que la 1º opcion no es, la 2º generalmente las comunidades de propietarios desinsectan las zonas comunes todos los años.La desinseccion de zonas comunes cuesta entre 200 y 300 euros En sanidad solo te hacen caso si son ratas , o animales muertos , no por tema de cucarachas. Queda la 3º , la más complicada, se necesita una orden judicial para entrar en un piso de alguien que no quiere desinsectar ( por ejemplo con sindrome de diogenes y cosas parecidas) el problema puede tardar en solucionarse AÑOS pues aunque se saneen zonas comunes si el nido no se erradica no vale para nada y todo ello sin tener ninguna responsablidad el casero ni la inmobiliaria.
Como ampliación la acertada respuesta de Piscis tres añado queen los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Si marchan de la vivienda háganlo legalmente de conformidad con las estipulaciones del contrato o con un acuerdo por escrito con el arrendador dando por finalizado el mismo, si no hay avenencia, demanden al propietario por daños y perjuicios, previa consulta a un abogado para que les asesore al respecto .