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¡ay, es verdad! No me había dado cuenta.
Compañero esposible que este señor ya ni viva en esa casa, hace mas de 5 años que hizo la consulta.
Coincido con mi compañero PHOLMO.
Me permito añadir que si se trata de un gasto propio de la comunidad de propietarios es posible que el contrato de arrendamiento contemple que dicho gasto lo pague el inquilino. Sería una segunda vía por la que sería posible que el inquilino tuviera que pagar ese cánon.
No habría más remedio que examinar la documentación.
no. no deberias pagarlo porque es como una hipoteca que le estas pagando al propietario y si el piso es nuevo es el dueño quien puede reclamar la devolucion de lo cobrado y el cese del canon, si lo hace cuando tu te vayas del alquiler le devolverian a el todo lo que pagaste tu por ese canon.