Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Estamos a punto de rentar un departamento nuevo y hemos estado tratando con la auxiliar del propietario, porque éste vive muy lejos. La auxiliar dijo que nos mandará el contrato por internet, para que lo imprimamos, firmemos y hagamos los pagos de depósito y un mes de renta adelnatada convenidos, que le avisemos cuando esto esté listo para que le entreguemos el contrato y ella se lo lleve al propietario, éste lo firme y nos regrese una copia. ¿Es conveniente pagar antes de tener un contrato firmado por el propietario? ¿debemos insistir en que se firme el contrato en presencia de propietario y arrendatario?
Ha sido un placer poder ayudarles y se agradece la comunicación de la solución que le han dado a su problema.
Muchísmas gracias a ambos. Creo que tienen razón, no es conveniente seguir tratando con estas personas, ya que, o son unas timadoras o son poco profesionales, y ninguna de las dos nos conviene.
Este contrato no se iba a celebrar en España, pero la información ofrecida, aunque pensada dentro de la legislación española, ha sido de muchísima utilidad.
En verdad, gracias a ambos.
Tania.
Hola Tania:
¿ se trata de contrato de arrendamiento que va a celebrarse en España? .
Reciba un cordial saludo.
Huele muy mal esa proposición, creo que va de timo, acuda a la policía y expongalo, me parece que es competencia de la misma y que desenmascararán a esa auxiliar del propietario.
En caso de equivocarme en la apreciación indicada, para más seguridad si persisten en hacer el contrato, no suelten un sólo euro sin la presencia del propietario/arrendador y previa comprobación de su titularidad del piso en el Registro de la Propiedad.
La firma del contrato, pago de fianza, renta y recepción de la vivienda, haganla en el mismo piso y mejor con la asistencia de un abogado que les asesore. Pero me temo que no llegaran a formalizarlo.