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Luis

inquilino/a

PERDIDA DE FIANZA ANTES DE EMPEZAR CONTRATO
Hola, acepte un piso de una agencia hace un par de semanas. El contrato dice "dicho contrato tendra efecto el dia 1 de noviembre de 2015. Se conceden los dias del 5 al 31 de octubre una carencia para el traslado de objetos personales y limpieza si hiciera falta". Resulta que el dia 14 tuve que decir que no podia por causas personales pero ya habia pagado y firmado. Segun ellos pierdo todo (fianza y mes de agencia). Es eso correcto segun lo que dice el contrato. Aun no tiene vigencia entiendo por lo que no hay razon para quedarse la fianza. Y el mes de agencia? Ayuda por favor.
  • Preguntado por: Luis
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Luis, como omplemento a las acertadas respuestas recibidas le recomiendo la lectura del DECALogo del inquilino en el enlace que le dejo. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,
    El problema es que el contrato sí que había comenzado, lo que pasa es que se reguló mal.
    El contrato empieza desde el momento en que se firma y se te dan las llaves, con independencia de que pagues la renta o no (carencia). Por tanto, la regulación que tendría que poner es: 1) El contrato empieza el mismo día de su firma, esto es, el 5 de octubre de 2015. 2) No obstante lo anterior, las partes acuerdan una carencia de renta (que no de gastos ni consumos) hasta el próximo día 1 de noviembre, estableciéndose que, a partir de entonces, la renta se abonará por anticipado, dentro de los 7 primeros días de cada mes natural.
    Por cuestiones como estas es imprescindible asesorarse con un abogado especializado ANTES de firmar ningún contrato de arrendamiento.
    Por lo demás, coincido con la respuesta de Amparo, podrían exigirte el pago de los 6 primeros meses (siempre con el límite del enriquecimiento injusto).
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Una vez firmado el contrato podrían exigirle el pago de los seis meses obligatorios. Así que si se conforman con lo que dice, firme antes de que se arrepientan. Saludos  Papeleos Alquiler
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