Estoy seguro que la mayoria de los inquilinos y caseros, me incluyo yo, desconocen que tienen que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD) Existen dos formas de liquidar el impuesto:
- Adquiriendo un modelo de contrato de arrendamiento timbrado.
En caso de comprar el modelo de contrato de arrendamiento timbrado, lo que está haciendo el inquilino es una autoliquidación del impuesto através de la compra de ese modelo, es decir, el dinero empleado en la adquisición del modelo es el correspondiente al impuesto.
- En los casos en que el inquilino no realice el contrato de
arrendamiento en un modelo timbrado (cuando lo realiza en papel en
blanco), tendrá que descargar el modelo 600, disponible en la web del ministerio de hacienda.