Sonia coincido en teoría con la respuesta que ha recibido, pero hay algo que "me choca" habla vd de un contrato de siete años, lo cual es una duración poco habitual. Si lo que quiere decir es que su alquiler se encuentra en el séptimo año de vida, tiene vd derecho a cumplir ocho años en esa vivienda, sin modificación de las condiciones económicas.
EL DECALOGO DEL INQUILINO Pedro Hernández Olmo, abogado